Titular :Carlos Aguirre Arana
Tlf.: 945018000
Fax: 945018175
| Economía y Hacienda | Carlos Aguirre Arana | |
|---|---|---|
| Dirección de Servicios | Marisol Gutiérrez Rodríguez | |
| Viceconsejería de Economía, Presupuestos y Control Económico | Andrés Araujo de la Mata | |
| Dirección de Economía y Planificación | Koldo Hualde Mayo | |
| Dirección de Presupuestos | Mertxe Fernández Simancas | |
| Oficina de Control Económico | Javier Serrano Chamizo | |
| Viceconsejería de Hacienda y Finanzas | Mª Manuela Escribano Riego | |
| Dirección de Administración Tributaria | Jose Luis España Guzman | |
| Dirección de Cupo y Aportaciones Financieras | José Ramón Martínez Martínez | |
| Dirección de Finanzas | Miguel Bengoetxea Romero | |
| Dirección de Patrimonio y Contratación | Ignacio Alday Ruiz | |
Decreto 568/2009, de 20 de octubre, por el que se establece la estructura y funciones del Departamento de Economía y Hacienda (BOPV 204 ; 23-10-09).
Decreto 5/2012, de 24 de febrero, del Lehendakari, de tercera modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. (BOPV 47; 06-03-12).
Decreto 20/2009, de 30 de julio, del Lehendakari, de modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV 148 ; 4-08-09).
Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV 86; 9-05-09).
1.- Al Departamento de Economía y Hacienda le corresponden las funciones y áreas de actuación que se determinan en el artículo 8 del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, modificado por el Decreto 20/2009, de 30 de julio, del Lehendakari.
2.- Asimismo, el Departamento de Economía y Hacienda ostentará cualquier otra competencia relacionada con las materias señaladas en el párrafo anterior que no hubieren sido atribuidas expresamente a otro órgano o ente de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
3.- Además, corresponderá al Departamento de Economía y Hacienda:
a) La celebración de convenios y acuerdos y el mantenimiento de relaciones con la Administración General e Institucional del Estado, con otras Comunidades Autónomas, con los Territorios Históricos y Corporaciones Locales, así como con otras entidades y personas públicas y privadas en las materias a que se ha hecho referencia en epígrafes anteriores de este artículo o en otras que, por disposiciones legales o por el Gobierno, se le encomienden, cuando así se establezca en la legislación vigente.
b) Las competencias comunes atribuidas con carácter general a los Departamentos en que se estructura la Administración de la Comunidad Autónoma.
4.- En relación con las materias a que se refiere este artículo, corresponden al Departamento de Economía y Hacienda todas las fases del procedimiento administrativo, ejerciendo, en general, la función ejecutiva, salvo que se dedujese otra cosa del contenido del presente Decreto o de otras disposiciones de igual observancia.
Están, asimismo, adscritos al Departamento de Economía y Hacienda en los términos que establecen sus normas de creación, los siguientes órganos:
Están adscritos al Departamento de Economía y Hacienda, los siguientes entes y organismos autónomos: