|
DOCUP Objetivo 2 (2000-2006)
En el contexto de la Política de Cohesión de la U.E., Euskadi es una región caracterizada como Objetivo nº 2 (apoyo a la reconversión económica y social de las zonas con deficiencias estructurales). Por esta razón recibe ayuda estructural durante el periodo 2000-2006.
El objeto del apoyo financiero es la cofinanciación de un programa de inversión y gasto que supera los 1.300 millones de euros, denominado Documento Unico de Programación (DOCUP ), aprobado el 7 de marzo de 2001 mediante Decisión de la Comisión Europea nº 252.
El DOCUP, comprende las actuaciones cofinanciadas con Fondos Estructurales en los tres Territorios Históricos de la CAPV durante el período 2000-2006, actuaciones que serán llevadas a cabo tanto por la Administración General de la Comunidad Autónoma (45%), como por las Diputaciones Forales y Ayuntamientos (27%), la sociedad Bilbao Ría 2000 (3%) y la Administración General del Estado (25%).
El volumen total de inversiones previsto para el período 2000-2006 es de 1.315 millones de euros, divididos en 5 ejes prioritarios.
Por su parte la ayuda estructural procede del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), por 563,1 millones de euros; y del Fondo Social Europeo (FSE), por 24,4 millones de euros.
DOCUP OBJETIVO 2. País Vasco 2000-2006 (Versión 5.0) (1,13 Mb)
|
Ejes
|
Actuaciones
|
Inversión
|
% sobre el total
|
|
1.- Mejora de la competitividad, empleo, y desarrollo del tejido productivo
|
Innovación Tecnológica.
Financiación de Inversiones
|
251.653.788
|
19,1%
|
|
2.- Medio ambiente, entorno natural y recursos hídricos
|
Actuaciones de abastecimiento y saneamiento de aguas, control medioambiental, etc.
|
160.075.030
|
12,2%
|
|
3.- Sociedad del conocimiento y telecomunicaciones
|
Apoyo a la Red Vasca de Tecnología. Investigación
|
428.662.116
|
32,6%
|
|
4.- Redes de Transporte
|
Línea II del Metro de Bilbao.
Carreteras y autovías
|
341.382.107
|
26,0%
|
|
5.- Desarrollo local y urbano
|
Revitalización de espacios degradados. Formación Ocupacional y Desarrollo Local
|
127.441.826
|
9,7%
|
|
6.- Asistencia técnica
|
|
6.079.096
|
0,5%
|
|
TOTAL
|
|
1.315.293.963,
|
|
El Reglamento Nº 1260/1999 del Consejo por el que se establecen las disposiciones generales sobre fondos estructurales, establece en su artículo 42 la obligatoriedad de llevar a cabo una evaluación intermedia que deberá ser realizada por un evaluador independiente.
En los resultados de la Evaluación Intermedia del DOCUP del País Vasco 2000-2006 se destaca el alto grado de eficacia financiera alcanzada, sin que por otro lado se aprecien problemas relevantes para la consecución de los objetivos fijados para el conjunto del período de programación.
|