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Politica CAE

Izartu 2004-2008

 

Objetivos

Requisitos

Naturaleza y cuantía de las ayudas

Criterios de valoración

Actuaciones subvencionables

 

  • Regenerar las zonas urbanas desfavorecidas y/o deficitarias en equipamientos de Euskadi.
  • Alcanzar una mayor cohesión territorial, económica y social en Euskadi.
  • Incorporar a la política territorial del Gobierno Vasco un esquema similar al de la política regional de la U.E.
  • Financiar actuaciones de carácter integral complementarias a las que realizan los Departamentos del Gobierno.
  • Dar protagonismo a los Ayuntamientos.

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De los beneficiarios:

  • Todos los Municipios de Euskadi con zonas urbanas desfavorecidas que presenten, conjunta o individualmente, un Programa Integrado de Revitalización Urbana.
  • Los Municipios beneficiarios de Izartu-I , siempre y cuando hayan ejecutado a 31/12/03 el 30% de la inversión prevista en el periodo 2001-2003.
  • Un único Programa Integrado de revitalización urbana por Municipio.
     

Del área presentada:

  • El área que el beneficiario presente como zona urbana desfavorecida deberá cumplir al menos 2 de los criterios definitorios del deterioro socioeconómico y territorial estipulados en el Decreto relativos a la evolución demográfica, al nivel educativo, al mercado de trabajo, al nivel de instalaciones y servicios en las viviendas y al nivel municipal del PIB per cápita.
     

De los programas:

  • Inversión mínima por Programa: 2.500.000 €
  • Inversión mínima por habitante: 500 €

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  • Las ayudas que se otorguen tendrán la consideración de subvenciones no reintegrables.
  • Los beneficiarios que cumplan con 2 de los criterios definitorios del deterioro socioeconómico y territorial estipulados en el Decreto: hasta un 30% de la inversión subvencionable (máximo 2 millones de euros).
  • Los beneficiarios que cumplan con 3 de los criterios: hasta el 50% de la inversión subvencionable (máximo 4 millones de euros).
  • Los beneficiarios que cumplan con 4 o más de los criterios: hasta el 75% de la inversión subvencionable (máximo 9 millones de euros).

  • La intensidad de los problemas socio-económico y urbanos existentes.
  • La calidad del programa presentado.
  • La generalidad social de la intervención.
  • La existencia de procesos abiertos y participativos en la formulación de los programas.
  • El carácter innovador de las actuaciones contempladas y su correspondencia con las directrices emanadas de la Unión Europea.

  • Recuperación y mejora de espacios deteriorados y/o abandonados.
  • Actuaciones de discriminación positiva a favor de colectivos amenazados de exclusión social y laboral
  • Actuaciones de integración territorial.
  • Reducción del impacto ambiental de las actividades urbanas.
  • Apoyar al empresariado, PYMES, turismo y patrimonio municipal
  • Introducción de tecnologías de la información y las comunicaciones

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