Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco

Departamento de Economía y Hacienda

Acceso a la página de inicio de euskadi.net

Inicio

Estas en:
  1. Inicio
  2.  
  3. Economía Vasca
  4.  
  5. Servicio Vasco de Defensa de la Competencia
 

Si quieres estar al día de nuestras novedades, suscríbete

imagen servicio vasco de defensa de la competencia
Servicio Vasco de Defensa de la Competencia
Abuso de posición dominante


Una empresa ostenta posición dominante cuando tiene el poder de actuar de modo independiente, sin tomar en consideración a sus competidores, suministradores o clientes.

No se prohíbe la posición dominante, sino su abuso.

Se entiende que hay abuso cuando la posición dominante se dirige a la explotación de los consumidores o a la obstaculización indebida de la acción de los competidores.

Se puede  dar un abuso de la posición dominante cuando se dan:

  • Precios discriminatorios: fijar precios distintos a diferentes clientes, con el fin de expulsar de mercado a un competidor.

  • Precios predatorios: fijar precios inferiores a los costes, con el fin de expulsar de mercado a los competidores.

  • Acuerdos de fijación de precios: varios empresarios que producen un mismo producto se ponen de acuerdo en el precio del mismo, independientemente de lo que le cueste a cada uno su producción.

pdf Art.2 Ley 15/2007 (42 Kb)

  • Tribunal Vasco de Defensa de la Competencia

Servicio Vasco de Defensa de la Competencia

C/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 VITORIA-GASTEIZ 

Teléfono 945 016379/945 016396
Fax  945 019560
e-mail serviciocompetencia@ej-gv.es